• +52 (662) 437 5964
  • contacto@tutornegotia.com

Flash Fiscal: Preguntas Frecuentes y Asistencia al Sector Primario

Flash Fiscal: Preguntas Frecuentes y Asistencia al Sector Primario

1.- Soy contribuyente  que me dedico exclusivamente a  la  realización  de actividades agrícolas,  silvícolas, ganaderas o pesqueras, ¿puedo presentar el pago provisional del ISR de manera semestral y el pago del IVA de manera mensual?

Respuesta. No, las  y los  contribuyentes que opten por presentar pagos provisionales del ISR de manera semestral de conformidad con la regla 1.3. de la RFA para 2021, también deberán presentar el pago definitivo del IVA y el entero de retenciones a terceros de manera semestral.
Fundamento Legal. Regla 1.3. de la RFA para 2021.

2.-  Soy un  contribuyente  que se dedica exclusivamente a  la  realización  de actividades agrícolas,  silvícolas, ganaderas o pesqueras, que para el ejercicio 2021, deseo optar por  presentar declaraciones del ISR, retenciones a terceros e IVA de manera semestral, ¿cuál es el plazo que tengo para presentar el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones para el cambio de periodicidad de mis declaraciones?

Respuesta.  Durante el  ejercicio  2021,  las  y los  contribuyentes podrán variar la  opción para presentar los  pagos provisionales del ISR,  retenciones a terceros e IVA de manera semestral,  siempre que presenten el  aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones fiscales a que se refiere la ficha de trámite 77/CFF del Anexo
1-A de la RMF  para 2021, dentro de los  treinta días siguientes a la entrada en vigor de la RFA 2021, publicada en el

DOF  el 30 de marzo de 2021, por lo que tendrán hasta el 30 de abril para presentarlo.

Fundamento Legal. Artículos 6, último párrafo del CFF, 29, párrafos primero, fracción VII y segundo y 30, fracción V, inciso b)  de su Reglamento; Regla 1.3. de la  RFA para2021; Regla 2.5.16., fracción VII de la  RMF  y Ficha de trámite
71/CFF de su Anexo 1-A.

3.- Si presento mi  Aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones en el mes de abril  de 2021, para  presentar  mis pagos  provisionales  del ISR,  definitivos del IVA  y  entero  de retenciones  de manera semestral de conformidad con la regla 1.3. de la RFA para 2021, ¿puedo presentar de manera mensual los pagos correspondientes a enero, febrero y marzo?

Respuesta. No, si presentas tu aviso de actualización de obligaciones para optar por presentar de manera semestral tus pagos provisionales y definitivos, dicho aviso tendrá efectos desde el 1 de enero de 2021 y esta opción no podrá variarse en el ejercicio.

Fundamento Legal. Artículos 6, último párrafo del CFF. 

4.- Soy un  contribuyente que me dedico exclusivamente a la  realización de actividades agrícolas,  silvícolas, ganaderas  o pesqueras  que presenté  en ejercicios  anteriores  mi   aviso de  actualización de  actividades económicas y  obligaciones para optar por  presentar mis declaraciones de pagos provisionales de ISR,  de retenciones a terceros e IVA de manera semestral, si para el ejercicio 2021 deseo continuar ejerciendo la opción de presentar dichas declaraciones de manera semestral, ¿debo presentar nuevamente el referido aviso a más tardar el 30 de abril  de 2021?

Respuesta. No, las  y los  contribuyentes que por ejercicios anteriores hubieran presentado el aviso de opción para presentar sus pagos provisionales de ISR, retenciones a terceros e IVA en forma semestral, no deberán presentar el aviso correspondiente hasta en tanto no cambien la opción elegida

Fundamento Legal. Artículos 6, último párrafo del CFF, 29, párrafos primero, fracción VII y segundo y 30, fracción V, inciso b)  de su Reglamento; Regla 1.3. de la  RFA para2021; Regla 2.5.16., fracción VII de la  RMF  y Ficha de trámite
71/CFF de su Anexo 1-A.


5.-  ¿Qué formato de declaración de pago provisional del ISR deben utilizar las personas morales del sector primario, que conforme a  lo dispuesto en el penúltimo párrafo de  la  regla 1.3. de la  RFA  2021, opten por determinar  sus pagos provisionales  del ISR aplicando al  ingreso  acumulable el coeficiente de utilidad que corresponda en los términos del artículo 14 de la Ley del ISR?

Respuesta.  Las  personas morales que tributen en el régimen de actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas  y pesqueras que hayan optado por presentar sus pagos provisionales de ISR aplicando a los ingresos el coeficiente de utilidad,  deberán  presentar  su pago provisional a través del formulario  R 87  “Régimen  de actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras. Impuesto propio”, disponible en el Portal del SAT, para lo cual, deberán calcular el importe del pago provisional en papeles de trabajo y capturar manualmente el resultado del impuesto determinado en el campo “Otras cantidades a cargo del contribuyente”, ubicado en el apartado “Determinación de impuesto”.

Asimismo, deberán registrar manualmente “Cero”,  en el campo denominado “Ingresos del periodo”, así como, registrar manualmente  el  monto  de  los   “Pagos  provisionales  efectuados  con  anterioridad”,  en  el  campo denominado “Pagos provisionales efectuados con anterioridad del ejercicio.”
Este procedimiento se realizará en tanto se actualiza el formulario señalado.

Fundamento Legal. Artículo 74  de la Ley del ISR y Regla 1.3. de la RFA para 2021.

No dudes en contactarnos si requieres de mayor asistencia o asesoria especializada.


 

Conócenos

partner

PARTNER & CEO

Alfonso H. Ruelas Ramos

aruelas@tutornegotia.com